Órganos de gobierno, competencias y funciones

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículos 12.1 y 12.3c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento de Aniñón, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente en:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local
ALCALDE

Es el órgano unipersonal que preside la Corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la Administración Municipal. De entre sus funciones destaca:

  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad.
  • Dictar bandos, decretos e instrucciones.
  • Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos.
  • El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado.

D. José Manuel Sebastián Roy es el Alcalde del Ayuntamiento de Aniñón.

PLENO

Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los Concejales y presidido por el Alcalde. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios

TENIENTE DE ALCALDE

Son concejales nombrados por el Alcalde y es a ellos a los que les corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten al alcalde para el ejercicio de sus funciones.

El Ayuntamiento de Aniñón dispone de los siguientes Tenientes de Alcalde:

  • 1º Teniente de Alcalde
    • Dña. Cristina Mateo Gimeno
  • 2º Teniente de Alcalde
    • Dña. Maria Teresa Sebastián Liñán
ÁREAS DE GOBIERNO

Son los niveles esenciales de la organización municipal con funciones de coordinación de las distintas Direcciones Generales u órganos similares integradas en la misma área de gobierno, y de la gestión de los servicios comunes de éstas u otras funciones análogas y las Direcciones Generales u órganos similares que culminen la organización administrativa, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el número de cada uno de tales órganos y establecer niveles complementarios inferiores.

COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

La Comisión Especial de Cuentas está constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la Corporación. Su constitución, composición e integración y funcionamiento se ajusta a lo establecido para las demás Comisiones Informativas. Entre sus funciones se encuentra el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales. La Comisión Especial de Cuentas podrá actuar como Comisión informativa permanente para los asuntos relativos a economía y hacienda de la entidad (bien a través del Reglamento Orgánico o mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación)

Última actualización el miércoles, 11 de septiembre de 2024 a 9:33